La representación unitaria de los trabajadores y la sucesión de empresa : especial referencia a la transmisión de contratas en las administraciones públicas

El Ordenamiento laboral otorga a quienes ostentan la figura de la
representación de los trabajadores en la empresa diversas funciones y competencias,
a fin de salvaguardar los intereses de los trabajadores representados frente al
empresario. Trabajadores que en el ámbito de estudio del presente trabajo se
encuadran dentro de una organización productiva y autónoma descentralizada,
denominada contrata pública. Un instituto de sucinta regulación, y que por el
contrario ha tenido un crecimiento inmenso a lo largo y ancho de nuestro país,
pudiendo ser varias decenas de miles de trabajadores los que prestan servicio bajo
esta modalidad de subcontratación pública.
La contrata pública se caracteriza por la adjudicación de un servicio –o
encargo- a un tercero, para que éste lo ejecute según los términos pactados, sometida
a las reglas de contratación pública, de las que se extraen que toda concesión es
temporal, de modo que cuando termina la vigencia de una contrata, la
Administración emprende el proceso de licitación, en el que un nuevo tercero –
empresario- podrá ser el nuevo titular de la misma, provocando una transmisión de
contratas con todos los efectos legales y laborales sobre los trabajadores adscritos a
la misma.
Los efectos jurídico-laborales sobre los derechos de los trabajadores –
incluyendo los de representación- en estos escenarios de transmisión de contratas
públicas y de cambio de empresario pueden ser bien distintos, en función de que el
sometimiento en las reglas de sucesión, y sobre todo en lo que respecta a las
clausulas subrogatorias de los mismos, sea legal, convencional o contractual.

Keywords: Empresa, Representación, Subrogación


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